FAQ

Indíquenos el tema de su pregunta

Product

Por medio de la aplicación Pluxee Consumidores, que podrás descargar desde las tiendas Google Play y App Store, o desde nuestro canal de WhatsApp.

Según el artículo 387-1 del Estatuto tributario, los pagos que se efectúen a los trabajadores por concepto de alimentación (hasta 41 UVT mensuales), a través de un tercero, no serán considerados un ingreso tributario para el colaborador, por lo que este valor no será considerado en cuenta para su retención en la fuente mensual ni para el cálculo de su declaración de renta. Para acceder al beneficio, los trabajadores no pueden tener un salario superior a 310 UVT (Salario Ordinario) o 310 UVT (Salario Integral). 

Colaboradores con contrato de trabajo que soporte una relación laboral, cuyo salario no supere las 310 UVT y que reciban este pago con intermediación de un tercero. 

Los trabajadores independientes no tienen beneficio tributario por recibir pagos con Pluxee Canasta, ya que no se cumple uno de los requisitos para disfrutar del beneficio (relación laboral), consagrados en el artículo 387-1 del Estatuto Tributario. 

Este bono o tarjeta de alimentación, está diseñado para facilitar el acceso a una alimentación saludable y acorde a los gustos de cada colaborador y de sus familias. Con Pluxee Canasta pueden adquirir sus alimentos en distintos, supermercados, mini mercados, grandes superficies y restaurantes a nivel nacional. 

Sí, Pluxee Canasta puede ser pactado de forma salarial o no constitutiva de salario, en virtud de lo establecido en los artículos 127, 128 y 129 del Código Sustantivo del Trabajo. 

No necesariamente, lo que hace que un pago sea considerado como salarial es que sea entregado en contra prestación directa de las funciones para las que fue contratado el colaborador.

Si puede, pero su salario no puede exceder las 310 UVT´s en su 70%, en este caso no se toma en cuenta el 30% porque es factor prestacional.

Por favor déjanos tus datos y nos comunicaremos contigo. Haz clic aquí.

En Pluxee implementamos una herramienta llamada Servicio en línea en la que podrás obtener toda la información que requieres.

Ingresa en éste link, con tu usuario y contraseña asignado por Pluxee. 

Si aún no cuentas con usuario diligencia el siguiente formato, con la firma del representante legal y envíalo al correo electrónico servicioalafiliado.co@pluxeegroup.com

Para solicitar el restablecimiento de contraseña ingresa a la opción “Olvido contraseña” en la web de comercios (Servicio en Línea) o solicita el restablecimiento al correo servicioalafiliado.co@pluxeegroup.com

Es una herramienta Web, App y POS vía APIs que permite a los Comercios afiliados a Pluxee realizar lectura, validación y reembolso de bonos en línea, generando una experiencia positiva, seguridad de consumo y eficiencia en los procesos.

Con esta herramienta no es necesario llevar los bonos a las ventanillas de Pluxee. 

Para activar Pluxee Pagos comunícate con nuestras líneas de servicio al afiliado, opción 5

Bogotá: (1) 743 1010 

Cali: (2) 485 6431 

Medellin: (4) 604 4051 

Conoce más en detalle sobre Pluxee Pagos aquí.

Los pagos que se hagan a los trabajadores por concepto de alimentación (hasta 41 UVT mensuales), a través de un tercero, no serán considerados un ingreso tributario. Por lo tanto, este valor no será tenido en cuenta para su retención en la fuente mensual, ni para el cálculo de su declaración de renta. Para acceder al beneficio, los trabajadores no pueden tener un salario superior a 310 UVT en salario convencional y 70% del factor salarial para integrales. 

Tendrán acceso a alimentos variados y acordes a los gustos de cada colaborador y su familia en distintos supermercados, minimercados, grandes superficies y restaurantes a nivel nacional. 

Sí, Pluxee Canasta se considera un pago en especie que puede ser pactado de forma salarial o no constitutiva de salario, en virtud de lo establecido en los artículos 127, 128 y 129 del Código Sustantivo del Trabajo.2 

Sí, siempre y cuando el 70% del factor salarial no supere las 310 UVT, tal y como lo señala el artículo 387-1 de Estatuto Tributario.1 

Con nuestra solución de Pluxee Canasta pagarás menos impuestos. La reforma tributaria firmada en el 2022 elevó la cantidad de impuestos que las personas deben pagar, con nuestra solución, podrás brindar un alivio tributario a través del art. 387-1 del estatuto tributario. 

La nueva marca no tiene impacto en el precio de nuestros productos y servicios.

Por favor asegúrales que nada cambia para ellos. Pluxee entregará los mismos beneficios que hasta ahora hemos venido entregando, pero bajouna nueva marca. Pueden tener la tranquilidad que los saldos actuales en sus tarjetas actuales se mantienen y pueden utilizar su tarjeta como hasta ahora lo han hecho en la misma red de comercios afiliados.

Abrimos un mundo de oportunidades para tus empleados a través de nuestras soluciones. Adicionalmente, los acompañamos a relacionarse mejor con ellos, forjando relaciones más significativas y desempeñar un papel fundamental en sus vidas.