¿Cómo puedes remunerar a tus colaboradores con Pluxee Canasta sin afectar sus ingresos?

Los pagos que se hagan a los trabajadores por concepto de alimentación (hasta 41 UVT mensuales), a través de un tercero, no serán considerados un ingreso tributario. Por lo tanto, este valor no será tenido en cuenta para su retención en la fuente mensual, ni para el cálculo de su declaración de renta. Para acceder al beneficio, los trabajadores no pueden tener un salario superior a 310 UVT en salario convencional y 70% del factor salarial para integrales.